La Ertzaintza y la Policía Local intensificarán la campaña de control de alcoholemia en fiestas

20.07.18
Seguridad Ciudadana

La Ertzaintza y la Policía Municipal de Ermua se van a coordinar durante las próximas fiestas de Santiagos para llevar a cabo una campaña especial de controles preventivos de alcoholemia entre las personas conductoras que circulen por nuestra localidad. El objetivo de esta acción es potenciar la labor de concienciación sobre los efectos negativos que la ingesta de alcohol provoca a la hora de conducir un vehículo.

Así, con este dispositivo especial de seguridad vial se quiere mentalizar a todas las personas partícipes de la circulación urbana del peligro real que supone ponerse al volante con una cantidad de alcohol en sangre superior a la permitida, sobre todo en lo referido a la percepción de las distancias, atención, control y coordinación necesaria para conducir un vehículo.

¿Qué es la alcoholemia?

La alcoholemia es la cantidad de alcohol que hay en sangre tras su ingestión, siendo proporcional a la cantidad de alcohol que se toma. Mientras sube la alcoholemia, se desarrolla el periodo de intoxicación alcohólica. Al comenzar la oxidación de alcohol en el hígado, empieza la desintoxicación. Pero, dado que la velocidad de oxidación es constante, si se continúa tomando alcohol, la alcoholemia sigue aumentando. Por ello, se puede originar una intoxicación alcohólica aguda. Para que la alcoholemia baje a cero se necesitan varias horas, siempre que se haya dejado de beber.

Tasas máximas de alcohol

Con carácter general, la tasa máxima de alcohol permitida para la conducción es de 0,5 gr/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado. Las personas profesionales y noveles tienen reducida esta tasa a 0,3 gr/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado.

  • Tienen la consideración de profesionales las personas conductoras de vehículos destinados a transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, al transporte de viajeros de más de 9 plazas, o de servicio público, al escolar o de menores, al de mercancías peligrosas, servicios de urgencia y transportes especiales.
  • Y se considera novel a cualquier conductor/a durante los 2 años siguientes a la obtención del permiso o licencia que habilita para conducir.

Las tasas obtenidas por análisis de sangre o por aire espirado son equivalentes, tan solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.

Efectos del alcohol

Está demostrado que el consumo de alcohol, incluso a bajas concentraciones etílicas, reduce la capacidad de conducción con el deterioro de la atención, de las funciones visuales y auditivas, perturbaciones en el campo perceptivo, cansancio, somnolencia y fatiga muscular. En consecuencia, aumenta el riesgo de sufrir un accidente.

No todas las personas toleran de igual modo el consumo de alcohol, pero lo que está claro es que a todo el mundo le afecta el alcohol en mayor o menor medida. Existe la creencia errónea entre algunos/as conductores/as de que por su capacidad de aguante pueden conducir bajo los efectos del alcohol sin problemas, y esto es algo totalmente falso, ya que por cada incremento del nivel de alcohol en el organismo se produce un incremento paralelo de sufrir un accidente, independientemente de las condiciones del individuo.

Estos son algunos factores que tienen una relación directa con el grado de alcoholemia del cuerpo:

  • La cantidad y graduación de alcohol. No es lo mismo tomarse dos cañas de cerveza que dos copas de coñac.
  • El peso de la persona. Las personas más pesadas suelen tolerar mejor el alcohol, pero no es una norma matemática.
  • El tiempo transcurrido. Con el estómago vacío se absorbe en unos 30 minutos, mientras que con alimentos la mayor concentración se alcanza a la hora.
  • La alimentación. Influye tanto el tipo de alimentación como la cantidad ingerida de cada alimento.
  • La edad. Las personas menores de 25 años y las mayores de 60 son más vulnerables a los efectos que produce el alcohol.
  • Sexo y naturaleza de las personas. En general, los hombres suelen aguantar más que las mujeres, pero la incorporación de la mujer a la vida laboral ha equilibrado muchas costumbres, entre ellas la de tomar alcohol. De todos modos, a igual peso y cantidad de alcohol, la mujer presenta un nivel de alcoholemia más elevado que el hombre.
  • La fatiga, el sueño o el cansancio pueden multiplicar el riesgo de accidente si a ellos se suma el alcohol.

La combinación con drogas o medicinas puede tener efectos imprevisibles que multiplican aún más el riesgo de sufrir un accidente.

¿Me puedo negar a pasar un control de alcoholemia?

Los controles de alcoholemia se realizan para prevenir conductas de riesgo y posibles accidentes. El número de estas pruebas aumenta en campañas específicas y períodos como verano, Navidad y los fines de semana.

Lo primero que hay que saber es que todos/as los/as conductores/as están obligados/as a seguir todos los requerimientos de los/as Agentes. En caso de que un/a conductor/a se niegue a realizar la prueba, tanto si es rutinaria como si no lo es, podría incurrir en un delito tipificado en el artículo 383 del Código Penal con una pena de entre seis meses y un año de prisión y privación del derecho a conducir vehículos de motor de uno a cuatro años.

En el caso de que el/la conductor/a dé positivo en la prueba de la alcoholemia, los/as Agentes pueden proceder a inmovilizar el vehículo y a retirarlo a los depósitos habilitados al efecto si supone un obstáculo para la circulación. En caso de que el/la conductor/a fuera acompañado/a, podrá conducir el vehículo un/a acompañante. También podrá inmovilizarse el vehículo en los casos de negativa a efectuar las pruebas de detección alcohólica.

¿Cuál es la sanción?

Según la Ley de Seguridad Vial, “la conducción de vehículos con tasas de alcohol superiores a las establecidas se considera infracción muy grave. También se incluye la conducción bajos los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos”. También negarse a cumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia se tipifica como sanción muy grave.

Para las infracciones muy graves la multa oscila entre 302 y 602 euros junto con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de hasta tres meses.

Según el Código Penal se considera delito la conducción bajo los efectos del alcohol con una tasa superior al 0,60 mg/l en aire espirado o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 g/l.

Será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

¿Y las drogas?

El modo de actuación es similar al del alcohol con las siguientes particularidades:

  • Las pruebas serán practicadas por los/as agentes que se encargan de la vigilancia del tráfico, y consistirán en una prueba salival mediante un dispositivo autorizado y en un posterior análisis de una muestra salival en cantidad suficiente.
  • Si la persona requerida informa del consumo de fármacos u otras sustancias bajo prescripción facultativa, se le informará que deberá esperar a recibir la correspondiente notificación de la denuncia de la Oficina Territorial de Tráfico con el resultado de la prueba del laboratorio, momento a partir del cual dispondrá de 20 días naturales para presentar alegaciones.
  • En el supuesto de que la persona se niegue a la realización de las pruebas de drogas, ya sea en la prueba indiciaria salival, ya sea en la recogida de la muestra para su posterior análisis, se le imputará un presunto delito contra la seguridad vial por negativa a la realización de las pruebas.

La infracción por resultado positivo se denunciará por el artículo 14.1 de la Ley de Seguridad Vial, recogido en el Cuadro de Multas, considerándose infracción muy grave y sancionándose con 1.000€ y la retirada de 6 puntos. Por otra parte, la infracción por negativa a la realización de las pruebas se denunciará por el artículo 14.2, sancionándose 1.000€ y la retirada de 6 puntos.

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