La Defensoría presenta en Ermua la –Guía de derechos laborales en materia de igualdad de genéro-
¿En qué consiste el permiso por paternidad? Estoy embarazada y me han despedido, ¿es discriminatorio? ¿Qué significa que el empresario o empresaria debe garantizar la igualdad en materia salarial? ¿La igualdad de trato también se extiende a los momentos anteriores a la contratación? El acoso sexual y el acoso por razón de sexo, ¿son situaciones discriminatorias? Estas y otras muchas hasta un total de 243 preguntas son algunas de las cuestiones que aborda la publicación "Guía de Derechos Laborales en materia de Igualdad de Género", que ha presentado en nuestra localidad la directora del organismo, Maite Erro, junto con el alcalde de la villa Carlos Totorika y la directora del área municipal de Promoción económica, Empleo y Formación, en un acto celebrado en Lobiano Kultur Gunea.
La guía es un instrumento que la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres pone al alcance de la ciudadanía para dar a conocer los derechos laborales que asisten en esta materia a mujeres y hombres, bajo la premisa de que su difusión y conocimiento masivo ayudarán en el ejercicio efectivo de esos derechos. La información recogida en esta guía de Derechos Laborales en materia de Igualdad de Género responde a los derechos reconocidos para las relaciones laborales establecidas al amparo de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), que suponen la mayoría de las situaciones laborales establecidas en el sector privado. El motivo es que el sector privado es el ámbito en el que la Defensoría para la Igualdad tiene competencia para desarrollar sus funciones de asesoramiento e investigación.
Estructura de la guía y su objetivo
Esta Guía de Derechos Labora/es en materia de Igualdad de Género está dirigida a empoderar a las personas particulares a través del conocimiento y ejercicio de sus derechos en esta materia. Tiene como finalidad ser una herramienta para la consulta y ayuda para que las trabajadoras y trabajadores puedan orientarse en la búsqueda de soluciones ante situaciones cotidianas, así como las que pudieran resultar constitutivas de desigualdades entre mujeres y hombres en el ámbito de la relación individual del trabajo.
La Guía de Derechos Laborales en materia de Igualdad está organizada en tres apartados:El primero se refiere a los derechos laborales en materia de igualdad de género. Para ello, presenta de modo accesible la información a través de una batería de 243 preguntas-respuestas, tratando de acercar a cualquier persona el significado de lo que la legislación y la jurisprudencia han establecido al respecto y de clarificar cómo le repercuten esos derechos en su vida cotidiana, referidos a: el acceso al empleo; la clasificación, promoción y formación profesional; el salario y retribución; la conciliación de la vida laboral, familiar y personal; el acoso sexual y acoso por razón de sexo; el embarazo, derechos de conciliación y extinción de contrato; y, por último, los derechos específicos regulados para los supuestos de las trabajadoras que hayan sido víctimas de violencia de género. El segundo apartado se refiere a la tutela contra la discriminación por razón de sexo, explicitando las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias, así como de las represalias por el recurso o reclamación de ejercicio del derecho a la igualdad. Y, por último, el tercer apartado incorpora un glosario en materia de igualdad y no discriminación por razón de sexo.
¿Qué es la Defensoría? Naturaleza y funciones
La Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres es un órgano público del Gobierno Vasco, creado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Adscrito a Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, es un órgano de carácter independiente, esto es, ejerce sus funciones con objetividad e imparcialidad y sin sujeción a vínculo jerárquico alguno ni a instrucciones de ninguna clase. Su misión es la defensa de ciudadanas y ciudadanos ante situaciones discriminatorias por razón de sexo. en el sector privado y la promoción del cumplimiento del principio de esclarecimiento y corrección de posibles situaciones de discriminación por razón de sexo que se produzcan en el sector privado; asimismo, servir de cauce para facilitar la resolución de los casos de acoso sexista, analizar y evaluar el grado de cumplimiento de la normativa antidiscriminatoria en materia de igualdad de mujeres y hombres, estudiar la legislación y jurisprudencia y elaborar propuestas de legislación y de reforma legislativa y difundir sus actividades e investigaciones, así como elaborar informes y dictámenes.
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