Ermua regulará la Administración Electrónica a través de una Ordenanza
Este ayuntamiento prepara una Ordenanza que regulará el uso y las condiciones de la Administración Electrónica en la entidad, normativa que implementará y sustituirá el inicial reglamento de registro telemático del 2007, que abrió esa vía. Ese borrador se presentó a la Corporación en la Comisión de Asuntos Generales y de Pleno del día 7 de junio. Seguidamente se expondrá en información pública por plazo de diez días hábiles para que la ciudadanía pueda realizar aportaciones, comentarios o sugerencias. Posteriormente, se elevará al Pleno para su aprobación y tras publicarse en el Boletín oficial de la provincia entrará en vigor.
Este ayuntamiento aprobó en 2007 el reglamento de registro telemático; la puesta en marcha de la administración electrónica. Adquirió una aplicación para gestionar los expedientes y configuró el registro de entrada y la notificación electrónica; definió los primeros flujos de los procedimientos. Incorporó la visión transversal del proceso en las tramitaciones; desplegó la firma electrónica en la organización y en la corporación; selló las resoluciones electrónicamente; y creó en la web corporativa www.ermua.es el acceso a la administración y registro electrónica, y acceso a la información sobre los trámites municipales (www.ermua.es/abiapuntu).
Evolución y modificaciones legislativas
Con ello se sentaron las bases de la administración electrónica. Desde entonces su desarrollo ha sido incesante y aquel inicial reglamento de registro telemático de 2007 ha sido superado, tras modificaciones legislativas importantes como las leyes 39/2015 y 40/2015 que han establecido que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones Públicas. Además, el real decreto 203/2021 por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, fija cuatro grandes objetivos para todas las AAPP: mejorar la eficiencia administrativa para hacer una Administración electrónica e interconectada; incrementar la transparencia y la participación, garantizar unos servicios digitales fácilmente utilizables para que la relación con la Administración electrónica sea fácil, intuitiva y efectiva y mejorar la seguridad jurídica, para lo que se elimina la superposición de regímenes jurídicos distintos.
La nueva ordenanza concreta cuál es la configuración de la administración electrónica en nuestro ayuntamiento atendiendo el marco legal existente y previendo la evolución y los desarrollos tecnológicos llevado a cabo y los de los próximos años.
Novedades que dan seguridad. La ciudadanía tiene la palabra
Las novedades más relevantes de esta ordenanza respecto al reglamento de registro telemático de 2007 son las siguientes:
El capítulo II regula la sede electrónica del ayuntamiento, como exige el reglamento 203/2021, le otorga oficialidad y define tanto su contenido como sus características principales.
El capítulo III, dedicado al registro electrónico, fija la digitalización de los documentos en papel y la generación de sus copias auténticas. Además, habilita a Abiapuntu como oficina de asistencia en materia de registro y su personal puede representar a la ciudadanía para la tramitación electrónica.
El capítulo IV recoge la creación del registro de apoderamientos en el ayuntamiento y ello permitirá disponer de una base de datos de personas que puedan actuar en Ermua como representantes de otras personas.
El capítulo V regula la tramitación electrónica de los expedientes, establece la responsabilidad de actualizar los trámites municipales de la sede electrónica y los modelos de solicitud, determina los requisitos del expediente electrónico; los modos de autenticación y firma electrónica de personal, de los/as corporativas/os y de la ciudadanía.
El capítulo VI desarrolla el archivo electrónico, y establece la necesidad de disponer de un espacio para todos los documentos y expedientes electrónicos, que sustituirá al de papel.
Finalmente, el capítulo VII aborda el régimen de las sesiones de órganos de gobierno. Las sesiones del pleno de la corporación -ordinarias y extraordinarias- y las comisiones informativas que transmitimos en directo vía streaming y grabamos, para ofrecer su respectivo video-acta digital. Los órganos colegiados municipales pueden celebrar sesiones a distancia y adoptar acuerdos a través de medios electrónicos.
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