Consulta previa sobre la ordenanza de acceso al servicio de ayuda a domicilio
La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, que sanciona como derecho subjetivo universal el acceso a los servicios sociales, regula el catálogo y cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, asignando a los Servicios Sociales de Atención Primaria, entre otros, los servicios de alojamiento, en sus diversas tipologías.
El Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, regula los requisitos, criterios y procedimientos de acceso a las diferentes prestaciones y servicios, y establece las obligaciones de las administraciones públicas vascas en relación a los mismos, y en concreto a los servicios de alojamiento.
A efectos de la presente ordenanza, se pretende la regulación del servicio de Ayuda a domicilio en el municipio de Ermua comprende la modalidad de SAD básico y SAD Comida a domicilio (programa On Egin).
Propuesta de ordenanza del servicio de ayuda a domicilio
Completa aquí el cuestionario
Regular el acceso a los servicios de atención personal y mantenimiento doméstico y al servicio de comida a domicilio que permiten a la persona usuaria permanecer en su domicilio, ofreciéndole una ayuda que posibilite su desenvolvimiento en el propio domicilio y su integración en el entorno comunitario, evitando situaciones de aislamiento.
Las personas interesadas pueden participar cumplimentando el cuestionario disponible en esta página. Disponen de plazo hasta el 25 de septiembre de 2024.
Para cualquier duda en relación con el presente reglamento, puedes ponerte en contacto con los Servicios sociales a través de los siguientes canales:
Teléfono: 943 17 91 61/943 17 91 62
Correo electrónico: gizarte@udalermua.net