Junta de Portavoces

Tras la constitución del Ayuntamiento se procede a la constitución de los grupos políticos municipales, para lo cual cada grupo político con representación en el Ayuntamiento presenta un escrito con expresión de su denominación, composición y designación de portavoz y suplente.

Los/as portavoces designados/as por cada uno de los grupos políticos municipales integran la Junta de Portavoces, presidida por el Alcalde o Alcaldesa o concejal o concejala en quien delegue.

La Junta de Portavoces se reúne a convocatoria del Alcalde o Alcaldesa o a petición de un tercio de los/as miembros de derecho de la Corporación.

Como órgano de información y debate al más alto nivel político, así como de opinión en aquellos temas de mayor trascendencia para el municipio y la actividad municipal, es función primordial de la Junta de Portavoces asesorar al Alcalde o Alcaldesa en orden a lograr acuerdos y posturas unitarias de los/as miembros de la Corporación respecto de los temas que se le planteen.

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