¿Qué podemos hacer en esta fase 2 de la desescalada?

26.05.20
Seguridad Ciudadana

Toda la Comunidad Autónoma de Euskadi ha pasado este lunes a la Fase 2 de la desescalada, en el camino hacia la nueva normalidad que tanto ansiamos. En ese contexto, la Jefatura de la Ertzaintza y todos los cuerpos de Policía Local de Euskadi han publicado una lista actualizada con los criterios sobre la alarma sanitaria en relación a los desplazamientos, la apertura de actividades comerciales, horarios de salida y similares.

A continuación, os reproducimos los criterios generales para conocimiento de la ciudadanía. Podéis consultar el documento completo en este enlace.

Actividades sociales

Apertura al público de actividades comerciales

Todos los establecimientos y locales comerciales minoristas que estuvieran cerrados durante el estado de alarma, sea cual sea su superficie útil, pueden abrir al 40% del aforo total, garantizando una distancia mínima de dos metros entre clientes y medidas de higiene. Si no es posible garantizar esa distancia, los clientes entrarán al local uno por uno. Además, se priorizará la atención a personas mayores de 65 años.

En el caso de los centros comerciales, el aforo del centro estará limitado al 30%, y el de cada establecimiento comercial situado en su interior, al 40%. Las zonas recreativas e infantiles permanecerán cerradas.

Hostelería y restauración

Se permite la apertura de terrazas limitadas al 50% de las mesas que tengan autorizadas, y cumpliendo con la distancia mínima de dos metros entre ellas. Por cada mesa o agrupación de mesas se podrán reunir hasta un máximo de diez personas.

Desde el lunes también se permite el consumo en el interior del local con un aforo máximo del 50%, sentado en mesa. Todavía no se puede permanecer en la barra del establecimiento.

Las sociedades gastronómicas y txokos también pueden abrir sus puertas con un aforo máximo del cincuenta por ciento y con las mismas condiciones higiénico – sanitarias que los locales de hostelería y restauración. No se permite la apertura de los locales de discotecas y bares de ocio nocturno.

Reuniones familiares y sociales

Se admiten las reuniones familiares y sociales en domicilios, locales privados o espacios abiertos de uso público con un límite de 15 personas, respetando las normas de protección personal y distancia física establecidas por las autoridades sanitarias.

Actividades culturales y de ocio

Los museos podrán abrir sus instalaciones al público, hasta la mitad del aforo previsto para cada una de sus salas y espacios públicos. Respecto a centros culturales, teatros y cines, se permite un aforo de un tercio de su capacidad, con un límite de 50 personas. En espacios abiertos, el aforo máximo será de un tercio de la capacidad del recinto y con un límite máximo de 400 personas, con el público sentado y garantizando siempre las distancias y resto de medidas de seguridad.

Mercadillos y ferias agrícolas

Se permiten los mercados y ferias tradicionales de venta de alimentos, productos agrícolas y ganaderos, observando las medidas sanitarias. En los mercadillos al aire libre, tendrán preferencia los puestos de productos alimentarios y de primera necesidad. El Ayuntamiento establecerá requisitos de distanciamiento entre puestos y se deberá limitar la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

Velatorios, lugares de culto y bodas

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de veinticinco personas (25) en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados. En cuanto a los lugares de culto, el aforo estará limitado al 50%. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

Las ceremonias nupciales, por su parte, podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo y, en todo caso, un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de cincuenta en espacios cerrados.

Apertura de hoteles y alojamientos turísticos

Se permite la reapertura al público de las zonas comunes, siempre que no se supere un tercio de su aforo. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas, respetando las medidas higiénico – sanitarias.

Desplazamientos

La movilidad está limitada al Territorio Histórico o provincia, excepto por motivos sanitarios, laborales, profesionales, empresariales, educativos, formativos, para volver a la residencia habitual o para visitar, cuidar y atender a familiares mayores, dependientes, discapacitados/as o en situación de necesidad. No obstante, se recomienda limitar al máximo los desplazamientos.

Es obligatorio el uso de mascarillas, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca para personas mayores de 6 años en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado siempre y cuando no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Las pantallas protectoras no tienen consideración de mascarillas.

Esta obligación no será exigible a las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria, que su uso resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o por su situación de discapacidad o dependencia, que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, que realicen actividades incompatibles con el uso de la mascarilla (ingesta de alimentos y bebidas; correr  y practicar ciclismo…) o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Actividad física

Los paseos y la actividad deportiva al aire libre se podrán realizar en grupos de hasta 10 personas respetando la distancia mínima de dos metros entre personas. La actividad se desarrollará dentro de la provincia (o en municipios colindantes de otras provincias, como Ermua-Eibar). Se permite ir al monte o practicar otro deporte (por ejemplo ciclismo), incluso utilizando coche.

Quedan eliminadas las franjas horarias de las anteriores fases para la movilidad de la ciudadanía, pero las personas mayores de 70 años y los colectivos de riesgo disfrutarán de preferencia en espacios de uso público en las franjas horarias comprendidas entre las 10:00 y las 12:00 horas, así como entre las 19:00 y las 20:00 horas.

Las niñas y niños menores de 14 años podrán salir, junto a la unidad convivencial o con, al menos, una persona adulta responsable sin franjas horarias. Todavía no se permite el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre.

Transporte

Las personas que residan en la misma vivienda podrán compartir un mismo vehículo con la única limitación del número de plazas autorizadas para el mismo, sin ser obligatorio el uso de mascarillas. En vehículos privados de hasta nueve plazas, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos. Cuando no todas convivan en el mismo domicilio deberán utilizar mascarillas de forma obligatoria.

En el transporte público, el uso de mascarillas será obligatorio para todas las personas usuarias, y es conveniente mantener una distancia de 2 metros en los accesos, salas y andenes de espera.

En los autobuses se mantendrán siempre vacías las butacas inmediatamente posteriores a la ocupada por el conductor/a, salvo que haya una mampara de separación. Cuando todas las personas ocupantes deban ir sentadas, se limitará la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros/as tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero/a. Como única excepción a esta norma se podrán ubicar en asientos contiguos las personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. En la distribución de la ocupación, se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.

En los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.

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