consulta previa sobre la ordenanza de acceso al servicio de viviendas de urgencia social

La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, que sanciona como derecho subjetivo universal el acceso a los servicios sociales, regula el catálogo y cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, asignando a los Servicios Sociales de Atención Primaria, entre otros, los servicios de alojamiento, en sus diversas tipologías.

El Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, regula los requisitos, criterios y procedimientos de acceso a las diferentes prestaciones y servicios, y establece las obligaciones de las administraciones públicas vascas en relación a los mismos, y en concreto a los servicios de alojamiento.

En este contexto, la presente ordenanza pretende la regulación del servicio de acceso a viviendas de acogida para la atención de situaciones de urgencia social, servicio que prestará el Ayuntamiento de Ermua a través de la disposición de inmuebles de su propiedad.

Propuesta de ordenanza del servicio de viviendas de urgencia social

Anexo I. Condiciones específicas del alojamiento temporal comunitario

Anexo II. Condiciones específicas de la vivienda de urgencia social

Completa aquí el cuestionario

Objetivos

Regular el régimen de acceso a viviendas municipales para ofrecer alojamiento a personas y unidades de convivencia que requieren de una estancia de corta duración para poder hacer frente a la carencia de alojamiento derivada de una situación de emergencia o urgencia social.

Participantes
 
 
Cualquier ciudadano/a de Ermua que quiera aportar y enriquecer la normativa propuesta.
 
Canales de participación y contacto
 
Las personas interesadas pueden participar cumplimentando el cuestionario disponible en esta página. Disponen de plazo hasta el 25 de septiembre de 2024.

Para cualquier duda en relación con el presente reglamento, puedes ponerte en contacto con los Servicios sociales a través de los siguientes canales:

Teléfono: 943 17 91 61/943 17 91 62

Correo electrónico: gizarte@udalermua.net

Resultados
 

 

Formulario