La ayuda de 200 euros para familias vulnerables termina este mes
El Gobierno de España, a través el Real Decreto Ley 11/2022, de 25 de junio, adoptó medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. En el citado Real Decreto se prevé una ayuda directa de 200 euros a familias vulnerables que cumplan los requisitos de la convocatoria. En Euskadi las solicitudes deben tramitarse a través de las Diputaciones Forales de los territorios históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. La convocatoria y el plazo para presentar solicitudes concluye el próximo viernes día 30 de septiembre.
Para percibir esta ayuda las personas beneficiarias deben tener domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca y cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto Ley; la renta de su unidad convivencial en 2021 debe ser inferior a 14.000 euros y su patrimonio inferior a 43.196,4 euros, descontando la vivienda habitual. Dado que está dirigida a personas asalariadas, autónomas o en desempleo, se excluye de esta ayuda a aquellas personas que ya perciben el Ingreso Mínimo Vital o pensiones del Régimen General y de los Regímenes especiales de la Seguridad Social o de Clases Pasivas del Estado.
Hay un formulario específico y las solicitudes pueden presentarse a través de la sede electrónica de cada Diputación.
Resumen de la convocatoria
Serán personas beneficiarias de la ayuda de 200€, en pago único a través del formulario de la Diputación Foral de Bizkaia. Está destinado a las siguientes personas:
- Las personas físicas: asalariados, autónomos y desempleados inscritos en la oficina del empleo, que a 27 de junio de 2022 tengan su domicilio en el Territorio Histórico de Bizkaia.
- NO serán beneficiarias, quienes a 27 de junio 2022 estuviesen cobrando: el Ingreso Mínimo Vital o la Pensión de la Seguridad Social (régimen general o especial), de clases pasivas o de una mutualidad.
Requisitos:
- Tener residencia legal y efectiva en el Territorio Histórico de Bizkaia a fecha 27 de junio de 2022, con una antigüedad de al menos un año en España.
- Que, en 2021, la suma de las rentas de todos los convivientes en el hogar (cónyuge o pareja, familiares hasta el tercer grado...) sea inferior a 14.000€ y el patrimonio no supere 43.196,40€ sin incluir la vivienda habitual.
Las personas solicitantes no deben aportar ninguna documentación.
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