El Gobierno Vasco restringe la movilidad entre municipios y las entradas y salidas de Euskadi

27.10.20
Sociedad

El Boletín Oficial del País Vasco publica hoy martes el Decreto 36/2020, de 26 de octubre, por el que se determinan medidas específicas de prevención, en el ámbito del Estado de Alarma, ante la pandemia del Covid-19. Esta norma deroga las aprobadas el pasado viernes, referentes a los municipios más afectados por el virus, y propone las mismas medidas y horarios para todo el territorio de Euskadi.

Las disposiciones principales que recoge el Decreto son las siguientes:

  • Queda restringida la entrada y salida de personas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Asimismo, queda limitada la entrada y salida de personas del municipio en que tengan fijada su residencia. Tal y como sucedía durante el primer Estado de Alarma, los/as ermuarras podremos movernos a Eibar, por ser municipio colindante de tránsito habitual, para realizar actividades socio-económicas y deportivas individuales o de actividad física al aire libre.
    • Los desplazamientos estarán permitidos, siempre y cuando se justifiquen, para asistir a centros sanitarios; cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistir a centros educativos; regresar al domicilio habitual; asistir a personas mayores, menores, dependientes y discapacitados/as; realizar trámites administrativos inaplazables; o por causa de fuerza mayor.
  • La circulación de personas en horario nocturno estará limitado, y no se podrá transitar entre las 23:00 y las 06:00 horas en todo el territorio de Euskadi. Únicamente se podrá circular por la calle para adquirir medicamentos, productos sanitarios o bienes de primera necesidad; asistir a centros sanitarios y de atención veterinaria de urgencia; cumplir obligaciones laborales y profesionales; regresar al domicilio habitual; asistir a personas mayores, menores, dependientes y discapacitados/as; o por causa de fuerza mayor.
  • Los grupos que se pueden reunir tanto en espacios públicos como en privados no pueden ser de más de seis personas, salvo que se trate de convivientes.

El Gobierno Vasco realizará un seguimiento y evaluación de estas medidas en 15 días, y dependiendo de la evolución de la situación se prorrogarán, modificarán o dejarán sin efecto.

Medidas específicas en materia de Salud Pública

Además de las ya mencionadas medidas generales, el Gobierno Vasco ha establecido otras obligatoriedades en ámbitos como la hostelería, las actividades culturales y la práctica del deporte. Los puntos principales son los siguientes:

  • Los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deberán cerrar no más tarde de las 23:00 horas, y el local deberá permanecer cerrado al público como mínimo hasta las 06:00 horas.
    • El aforo máximo permitido en el interior es del 50%, con una distancia mínima de 1,5 metros entre mesas y hasta 6 personas por mesa.
    • El consumo se debe realizar sentado/a en mesa, y está prohibido el consumo en barra.
  • Queda prohibido cualquier tipo de actividad en txokos, sociedades gastronómicas y lonjas, que deberán permanecer cerrados.
  • Se prohíbe la venta de alcohol – excepto en locales de hostelería – entre las 20:00 y las 08:00 horas.
  • Se permite la celebración de espectáculos culturales con un aforo máximo del 50% y un máximo de 400 personas en espacios cerrados y hasta 600 personas al aire libre.
  • Se suspende la realización de cualquier tipo de actividad deportiva en grupo; solo se podrá practicar deporte de manera individual excepto los cursos programados en gimnasios. En las instalaciones deportivas, el aforo máximo permitido será del 50% de su capacidad autorizada.
  • Podrá realizarse actividad física al aire libre de manera individual o colectiva sin contacto físico y en grupos de hasta seis personas.

Os recordamos que el uso de mascarilla es obligatorio para todas las personas mayores de seis años y que no está permitido fumar en espacios públicos cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros.

Podéis consultar el Decreto al completo en este enlace.

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