Los/as titulares de vehículos tendremos un mes de plazo para abonar el IVTM de 2018

28.03.18
Economía y Hacienda

El periodo voluntario para abonar el impuesto comprende desde el 3 de abril al 3 de mayo, ambos inclusive

El IVTM es un impuesto de titularidad municipal que prevé recaudar más de 915.773 euros

La recaudación municipal de Ermua abrirá el martes 3 de abril el periodo voluntario de abono del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del ejercicio 2018. Periodo voluntario que abarcará un mes de plazo, comprendido entre el 3 de abril y el 3 de mayo, según indica el calendario fiscal. El IVTM es un impuesto directo de titularidad municipal, obligatorio y cuya gestión es propia y corresponde enteramente a los ayuntamientos. En nuestro caso concreto es el impuesto más importante de los que gestiona la entidad tanto por volumen de personas a las que afecta -más de 8000 titulares de vehículos con motor que comprende el parque local- como por cantidad dineraria pues supera los 915.773 euros.

Es un impuesto que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría. Se aplica de conformidad con lo dispuesto en la Normas Forales 9/2005 y 7/1989, y regula en el municipio de Ermua la exacción del Impuesto citado, a través de la Ordenanza Fiscal nº 3 del municipio.

Domiciliar el recibo tiene una bonificación de un 4% de descuento sobre el importe total

De las más de 8000 personas que somos titulares de vehículos muchos de nosotros/as tenemos el recibo domiciliado pues ello tiene una bonificación de un 4% de descuento sobre el importe total. Las/os titulares que no tienen domiciliado el recibo deberán abonarlo en cualquier oficina de las entidades Kutxabank, La Caixa, BBVA, Rural Kutxa y Laboral Kutxa en las horas que tienen fijadas al efecto, presentando los impresos que recibirán en su domicilio. También a través de sus cajeros automáticos o en las web de esas entidades, disponibles las 24 horas del día. Otra forma de pago cómoda y rápida es la pasarela de pagos de la administración a la que se puede acceder desde esta web corporativa. Transcurrido dicho plazo voluntario, el pago de los recibos se exigirá por vía ejecutiva con un recargo del 20%.

Se consideran aptos para la circulación los vehículos que se hayan matriculado en los registros públicos correspondientes, mientras no causen baja. El hecho imponible grava la titularidad de vehículos de tracción mecánica aptos para circular por la vía pública, con independencia de su clase y categoría. En Ermua están exentos de abono de este impuesto los/as titulares de vehículos para uso de personas minusválidas o de los catalogados como históricos –con matrícula específica, no sólo los que superan los 25 años de antigüedad-.

La cuota tributaria se exige de acuerdo con un cuadro de tarifas. El cuadro asigna a cada tipo de vehículo una cantidad a pagar en función de alguno de los siguientes factores: la potencia fiscal del vehículo; el número de plazas; la capacidad de carga y la cilindrada.

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