En tramite una autorización para que los establecimientos pueden ampliar el horario en Navidad

16.12.15
Institución

Este Ayuntamiento tramita una autorización administrativa coordinada para que los establecimientos públicos en nuestro municipio pueden ampliar el horario de cierre con motivo de las fiestas de Navidad. Extensión de horario que podrá aplicarse desde el viernes 18 de diciembre hasta el miércoles 6 de enero de 2016, ambos inclusive, por la cual se autoriza a los restaurantes, cafeterías y bares a ampliar el horario de cierre en dos horas más, con respecto al habitual.

Esta ampliación del horario de cierre se ha aprobado al amparo de lo dispuesto en el Decreto del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco por el que se establecen los horarios de estos establecimientos en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta misma regulación dispone que el horario de cierre de los establecimientos puede ampliase en los casos de fiestas señaladas.

Estas ampliaciones generales de horarios se acumulan al horario ordinario de cierre. La determinación de los horarios viene condicionada por el tipo de establecimiento, según las siguientes clasificaciones:

Horarios de los establecimientos para las fiestas de Navidad
Grupo Horario ordinario de cierre (1/10-31/5)
Viernes, sábados y vísperas de festivos
Fiestas de Navidad
18/12/15-06/01/16
1 23:00 horas 1:30 horas 3:30 horas
2 1:30 horas 2:30 horas 4:30 horas
3 2:30 horas 4:00 horas 6:00 horas
4 4.30 horas 6:00 horas 8:00 horas
  • Grupo 1: salas de baile y fiestas juveniles, discotecas juveniles, degustaciones, heladerías, chocolaterías, churrerías, croisanteries, salones de té y asimilables.
  • Grupo 2: tabernas, bodegas, bares, cafés-bares, snacks, restaurantes, asadores, cafeterías, autoservicios, casas de comidas, txokos, sociedades gastronómicas, sidrerías asimilables.
  • Grupo 3: bares especiales, whiskerías, clubs, bares americanos, pubs, disco bares, karaokes y asimilables.
  • Grupo 4: salas de fiestas, salas de bailes, discotecas, cafés-teatros, restaurantes con espectáculos y asimilables.

En nuestro municipio, tres establecimientos están clasificados en el grupo 4, tres establecimientos están clasificados en el grupo 3, y también son testimoniales los que están clasificados en el grupo 1. Por lo tanto, la mayoría de los establecimientos pertenecen al grupo 2.

Para los establecimientos de los grupos 3 y 4 existe la obligación de que transcurran seis horas entre el cierre y la apertura.

La ampliación de horarios de cierre no exime a las personas titulares de los establecimientos del cumplimiento de las medidas necesarias para evitar molestias a terceras personas, perturbaciones a la seguridad de la ciudadanía, salubridad y condiciones ambientales.

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